Redi, Gustavo AdolfoRamírez, Amelia2016-12-122021-12-232024-11-132016-12-122021-12-232024-11-132010http://dspace.ufasta.edu.ar/handle/123456789/1254El método histórico nos permite conocer y comprender la evolución del reconocimiento de la fuerza ejecutiva o ejecutoria de una sentencia – en un país distinto a aquel que la dictó. En la antigüedad se encuentran casos iusprivatistas con elementos extranjeros con cierta frecuencia: en el mundo griego, pese a la igualdad fundamental entre los diferentes Derechos Griegos, no faltaban discrepancias de carácter secundario. A veces, la ciudades griegas celebraban entre sí convenios de ayuda judicial que determinaban los jueces que iban a ser competentes para litigios entre ciudadanos de las diferentes ciudades. Estos convenios contenían excepcionalmente normas especiales de Derecho Privado Internacional, y en raros supuestos inclusive señalaban el derecho aplicable, conteniendo, pues, normas de derecho internacional privado. En la Época Helenista se abandonan estas posibilidades. Cada grupo de población-los egipcios, griegos, etc.- es juzgado por sus tribunales y en virtud de su derecho; en cuanto a los griegos, empieza a formarse Derecho Civil griego Común, un ius Gentium griego. Durante el Imperio Romano se añade y se sobrepone el Ius Gentium Romano que se aplicaba de consuno a romanos y peregrinos pero que no logra desplazar el Ius Gentium Griego. En la Edad Media, la situación social es semejante a la de la Antigüedad en tanto y en cuanto las variedades legislativas se mantienen dentro del marco político de un sólo imperio- el de Alejandro Magno, el romano, el de Carlo Magno; a partir de 1228 con la Glosa de Acursio se marca definitivamente el camino a tomar: El del reconocimiento de la extraterritorialidad del derecho privado extranjero.Fil: Redi, Gustavo Adolfo. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales; Argentina.Fil: Ramírez, Amelia. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales; Argentina.Fil: Ricciuto, María Paola. Universidad FASTA. Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales; Argentina.application/pdfhttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/deed.es_ARinfo:eu-repo/semantics/openAccessSentencia extranjeraLaudo arbitralExecuaturReconocimiento y ejecución de sentencias y laudos arbitrales extranjeros. Exequáturinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesis